La Libertad: Niño de 4 años muere atropellado por camioneta que huía de la policía en Huamachuco

Un niño de 4 años perdió la vida la madrugada del sábado en Huamachuco, provincia de Sánchez Carrión, región La Libertad, después de que la motocicleta en la que viajaba con sus padres fuera embestida por una camioneta que escapaba de un patrullero de la Policía Nacional. Sus progenitores resultaron gravemente heridos y permanecen hospitalizados, informó Buenos Días Perú. Las cámaras de seguridad de la zona registraron el momento en que el vehículo, conducido a gran velocidad, impactó directamente contra la moto sin frenar. El violento choque hizo que los tres ocupantes salieran despedidos. El menor murió de forma instantánea, mientras que su padre, Joselito Flores, logró levantarse para pedir ayuda a pesar de sus lesiones. En tanto, la madre, Giovana Polo Alvarado, quedó tendida en la pista con heridas de consideración. La mujer fue trasladada de emergencia al Hospital Belén de Trujillo, donde su estado de salud es delicado. Los familiares y vecinos de Huamachuco, por su parte, velan los restos del pequeño, cuya partida ha generado gran consternación en la comunidad. Pese a la magnitud del accidente, el conductor de la camioneta continuó su fuga. Horas después fue identificado como Luis Eduardo Ruiz Ruiz y finalmente detenido, quedando bajo custodia policial mientras se desarrollan las investigaciones correspondientes.
Chimbote: Escolar es confundido con ladrón y población acabó con su vida a golpes

Un lamentable hecho conmovió a la ciudad de Chimbote el último domingo 21 de septiembre, cuando un escolar de 16 años falleció luego de recibir una brutal golpiza por vecinos del asentamiento humano San Miguel tras ser confundido con un presunto ladrón. Ante lo sucedido, la Defensoría del Pueblo realizó un pronunciamiento oficial solicitando a la Policía Nacional (PNP), al Ministerio Público y al Poder Judicial de investigar, procesar y sancionar a los implicados. ¿Qué sucedió con el escolar de 16 años? De acuerdo con información de medios locales, el adolescente de 16 años fue salvajemente golpeado por vecinos del asentamiento humano San Miguel, luego de que dos sujetos acusaran de «ratero» al menor, luego de una presunta discusión. Minutos después del violento ataque, efectivos de la PNP llegaron al lugar y trasladaron al escolar a la comisaría Alto Perú, para luego ser derivado al Hospital La Caleta, donde se confirmó su muerte por la gravedad de sus heridas. Los supuestos agraviados fueron intervenidos y pasaron a la condición de investigados por disposición del Ministerio Público. En tanto, el día de hoy, 22 de septiembre, la Fiscalía realizó la reconstrucción de los hechos para determinar si solicita prisión preventiva contra los presuntos imputados Diego Armando Díaz Joya (29) y Yeferson Alexis Orbegozo Joya (25). Familiares exigen justicia en Chimbote Los familiares del menor exigen justicia para el estudiante que cursaba el cuarto año escolar del colegio Innova Schools. Las tías del adolescente comentaron a un medio local que su sobrino había ido a dejar a una compañera antes de ser agredido brutalmente. Familia del menor teme que los implicados sean liberados y que la PNP no lo llevó al Hospital luego de ser golpeado. Asimismo, la institución educativa informó que lo sucedido se encuentra en investigación y que brindarán soporte socioemocional a sus compañeros y comunidad educativa. Por otro lado, resaltó que el ataque fue fuera de las instalaciones del plantel y no guardan relación con centro educativo.
Presentan nuevo “Instituto de Educación Superior Jorge Añaños & Tania Alcázar” con carreras 100 % virtuales de alta demanda de solo dos años

En conferencia de prensa, el Instituto de Educación Superior Jorge Añaños & Tania Alcázar presentó oficialmente a la comunidad ayacuchana su licenciamiento institucional (RM N° 314-2025-MINEDU) y anunció el inicio de sus operaciones con carreras 100% virtuales orientadas al emprendimiento y la innovación. Durante el evento, se dieron a conocer sus dos primeras carreras técnicas de Gestión Administrativa y Contabilidad, de solo dos años de duración, diseñadas para que los estudiantes puedan crear y desarrollar sus propios negocios o incorporarse a un mercado laboral cada vez más competitivo. El director general del Instituto, Manuel Góngora, destacó que el modelo 100% virtual permite el acceso a educación de calidad a jóvenes de zonas urbanas, periurbanas y rurales, rompiendo barreras geográficas y de tiempo y ofreciendo la flexibilidad de estudiar según su disponibilidad. “Nuestro enfoque prepara a los jóvenes para triunfar y desarrollar su espíritu emprendedor, porque buscamos formar creadores de empleo y agentes de cambio en sus comunidades. Desde el primer día, los estudiantes adquieren habilidades concretas en marketing, ventas y gestión empresarial; participan en talleres, laboratorios y simulaciones que los enfrentan a retos reales, y egresan con un proyecto o producto listo para el mercado, transformando su aprendizaje en oportunidades concretas de éxito”, señaló. Por su parte, Katerina Añaños, gerente general corporativa de Industrias San Miguel – ISM, resaltó que el Instituto es una apuesta por continuar el legado de los fundadores del Instituto. “El Instituto honra el legado de Jorge Añaños y Tania Alcázar, también fundadores de Industrias San Miguel, como ejemplo vivo de espíritu emprendedor, conectando a la juventud emprendedora con oportunidades reales de crecimiento, para que ningún talento quede atrás. Al igual que lo hicieron con las bebidas durante la década de los 80’s, con el Instituto, la familia Añaños Alcázar busca democratizar el aprendizaje y dar la oportunidad de una formación de calidad a miles de jóvenes peruanos”, afirmó. Las autoridades presentes destacaron que el Instituto se constituye como un “instituto empresarial”, con pilares sólidos en emprendimiento e innovación, un equipo docente en activo, plataformas tecnológicas modernas y contenidos actualizados que responden a la demanda del mercado laboral, asegurando formación relevante y aplicada desde el primer día. Asimismo, se subrayó que el Licenciamiento Institucional garantiza la validez nacional de los títulos y grados emitidos, reconocidos oficialmente por el Ministerio de Educación, reforzando la legitimidad y confianza en el proyecto educativo. Impulsado por la visión de sus fundadores, Jorge Añaños y Tania Alcázar, y con el respaldo estratégico de Industrias San Miguel (ISM) y la promoción de la Cámara de Comercio de Ayacucho (CCA), el Instituto reafirma su compromiso con una educación de calidad, accesible e inclusiva. Bajo el slogan “ADN Emprendedor”, la institución promueve el lema “Estudia, trabaja y emprende”, fomentando el desarrollo personal, profesional y comunitario de sus estudiantes.
Día Mundial sin Auto: ¿es posible ahorrar dinero y mejorar tu salud viajando en bicicleta?

Cada 22 de septiembre se conmemora el Día Mundial sin Auto, una fecha que invita a dejar el carro en casa y probar otras formas de movilizarse. Lima sufre de congestión vehicular y contaminación del aire, por eso esta jornada cobra especial relevancia. En esta nota te contamos las alternativas de transporte para moverse sin contaminar y apostar por un futuro más sostenible. ¿Por qué se conmemora este día? El Día Mundial sin Auto nació como una iniciativa global en los años 90 con un solo objetivo: invitar a las personas a dejar el carro en casa por un día y probar otras formas de transporte. La meta es reducir la contaminación del aire, la congestión vehicular y el ruido que genera el parque automotor en las grandes ciudades. En el caso de Lima, la fecha cobra un peso especial. La capital sufre todos los días con los problemas del tráfico. Además, la ciudad enfrenta altos niveles de contaminación, en gran medida por los más de 2 millones de autos particulares que circulan en sus calles. Por eso, este 22 de septiembre la invitación es clara y consiste en dejar el auto para apostar por el transporte público, la bicicleta o simplemente caminar, con alternativas que no solo benefician al medio ambiente sino también a la calidad de vida de los limeños.
Oficializan ley de criminalidad sistemática: Cadena perpetua por secuestro, extorsión y sicariato

A través de su publicación en el boletín de normas legales del Diario Oficial El Peruano, fue promulgada la Ley N.º 32446, ley que incorpora el delito de criminalidad sistemática en el Código Penal. Como se recuerda, en su sesión plenaria del 3 de septiembre último, el Congreso de la República aprobó, en segunda votación, con 83 votos a favor, 27 en contra y una abstención, el nuevo artículo que busca endurecer las sanciones hacia quienes comentan diversos actos ilícitos en el territorio nacional. De acuerdo con lo publicado este lunes 22 de septiembre, se incorpora el artículo 318-B, en el Código Penal, Decreto Legislativo 635, el siguiente texto, quedando redactado de la siguientes manera: «El que mediante el uso de municiones, armamento de fuego militar o civil, artefactos explosivos u otros de similar características, provoque o realice conductas tipificadas como delitos de secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado y robo agravado, creando zozobra o terror en la población o una parte de ella; será reprimido con cadena perpetua», precisa el citado artículo.
¡Reventó La Tinka! Afortunado ganador se lleva más de 40 millones de soles

¡Reventó el Pozo Millonario! El domingo 21 de septiembre se realizó un nuevo sorteo de La Tinka, el popular juego de lotería más grande del Perú. En esta ocasión, un afortunado ganador se llevó el pozo, que superó el récord histórico de más de 40 millones de soles (S/45.805.280). Según el juego de lotería peruano, se trata de un ciudadano que adquirió su boleto a través de la página web. El ganador compró su ticket el mismo domingo 21 de septiembre, sin imaginar que sería merecedor de una suma tan cuantiosa. Las bolillas ganadoras de este domingo 21 de septiembre fueron los números 02, 20, 28, 32, 44 y 46. Resultado que hará millonario a un afortunado por comprar a través de la web. En este nuevo sorteo, no se registró un ganador de la boliyapa. Ahora, el próximo pozo del sorteo de Intralot será de 5 millones de soles.
Senamhi pronostica brillo solar del lunes 22 al viernes 26

Lima registrará brillo solar del lunes 22 al viernes 26 de septiembre, especialmente en horas del mediodía y la tarde, gracias al debilitamiento del Anticiclón del Pacífico Sur y al ingreso de vientos del norte, informó el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi).De acuerdo con el organismo adscrito al Ministerio del Ambiente, estas condiciones atmosféricas favorecerán la reducción de la cobertura nubosa, lo que permitirá un incremento de la temperatura diurna en la costa peruana. Cabe indicar que la primavera se iniciará este lunes 22 de septiembre a las 13:19 horas, y su llegada estará acompañada de cambios paulatinos en el clima, así como de un incremento gradual de la temperatura. En Lima, las temperaturas de la próxima semana (22 al 26 de septiembre) alcanzarán picos de 25 grados en los distritos alejados del litoral y alrededor de 21 grados en las zonas próximas al mar. No obstante, el Senamhi precisó que en las madrugadas aún podrían presentar bancos de niebla, neblina o lloviznas ligeras, sobre todo en los distritos costeros. El aumento de la radiación solar también se extenderá a otras regiones del litoral. En La Libertad se prevén valores entre 24 y 28 grados, en Áncash entre 21 y 29, en la región Lima entre 22 y 27, y en Ica hasta 34 grados. En tanto, en el litoral de Arequipa los termómetros oscilarán entre 22 y 32 grados, mientras que en Moquegua y Tacna se esperan registros de entre 22 y 27 grados.
Llamadas malintencionadas a centrales de emergencia se sanciona hasta con S/ 21,400

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) recordó que realizar llamadas malintencionadas (falsas, perturbadoras o silentes) a los números de emergencia, urgencia e información puede costar al infractor una multa de hasta 21 mil 400 soles o la cancelación definitiva de su línea telefónica. Samuel Saavedra, director de Fiscalización y Cumplimiento de Normativa en Comunicaciones del MTC, explicó que, entre enero y agosto de este año, se suspendieron 311 líneas por este tipo de infracciones, ello como parte de los esfuerzos del sector por sensibilizar a la población sobre el uso responsable de los números de emergencia. El funcionario también destacó que en los últimos años disminuyó notablemente este tipo de sanciones, lo que evidencia que la población va tomando conciencia de hacer un uso responsable de las centrales. “El 2023 se suspendieron más de 2 mil líneas, el 2024 fueron 750 líneas, lo que nos ha permitido hacer una reducción de estas sanciones en 65%. Este año llevamos 311 líneas suspendidas”, detalló Saavedra. En este período, las líneas más afectadas por estas llamadas malintencionadas son la Línea 100, que corresponde a Unidad de Atención Integral Frente a la Violencia Familiar y Sexual y la Línea 105 de la Policía Nacional del Perú. También indicó que el MTC fiscaliza estas llamadas a través de la plataforma Llamal, que permite escuchar y verificar los reportes enviados por las operadoras de telecomunicaciones. Las sanciones a los infractores varían dependiendo de la gravedad. Sanciones Las multas varían según el tipo de llamada: hasta 3 UIT (S/ 16,050) para llamadas falsas, 2 UIT (S/ 10,700) para perturbadoras y sanción escrita o suspensión de 30 días para las silentes, con posibilidad de sanciones más severas en casos de reincidencia, como son la suspensión temporal o definitiva del servicio hasta multas de hasta 4 UIT (S/ 21,400). Por ello que el ministerio insta a usar responsablemente los números de emergencia es clave para garantizar una atención rápida y eficiente ante cualquier situación crítica que ponga en riesgo la vida de las personas que más lo necesitan.
Retiro AFP: oficializan ley que autoriza el retiro de S/ 21,400

El Poder Ejecutivo promulgó la norma que autoriza el retiro extraordinario y facultativo de los fondos de los afiliados al sistema privado de pensiones hasta por el monto de cuatro unidades impositivas tributarias (4 UIT), es decir, 21 400 soles, así como establece otras disposiciones. Esta medida se oficializa a través de la Ley N° 32445, publicada en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. ¿Cómo será el procedimiento de retiro? El procedimiento para el retiro extraordinario y facultativo de los fondos pensionarios es el siguiente: a) Los afiliados presentan su solicitud de manera física o virtual dentro de los noventa días calendario posteriores a la vigencia del reglamento de la presente ley. b) Se abona un monto de hasta una unidad impositiva tributaria (1 UIT) cada treinta días calendario. El primer desembolso se realiza a los treinta días calendario de presentada la solicitud ante la administradora privada de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado. c) En el caso de que el afiliado desista de continuar retirando los fondos de su cuenta individual de capitalización, puede solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones diez días calendario antes del siguiente desembolso. ¿Los fondos que se retiren son intangibles? -El retiro de los fondos a que se refiere la presente ley mantiene la condición de intangible y no puede ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier otra forma de afectación, sea por orden judicial o administrativa, sin distingo de la cuenta en la que hayan sido depositados. -Lo señalado en el presente artículo no se aplica a las retenciones judiciales o convencionales derivadas de deudas alimentarias, hasta un máximo de 30 % de lo retirado. ¿Quién abrirá la cuenta en el sistema financiero para depositar este dinero? -Las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y las empresas emisoras de dinero electrónico pueden abrir cuentas, masiva o individualmente, a nombre de beneficiarios identificados por las administradoras privadas de fondos de pensiones (AFP) que instruyen los pagos, sin necesidad de la celebración previa de un contrato ni de la aceptación por parte del titular de la cuenta. -Las AFP que instruyen los pagos pueden compartir los datos personales de los beneficiarios que resulten estrictamente necesarios, lo cual se considera dentro de lo dispuesto en el numeral 9 del artículo 14 de la Ley 29733, Ley de Protección de Datos Personales, únicamente con la finalidad de efectuar la transferencia de fondos. -Las cuentas pueden ser utilizadas por el titular para fines adicionales al depósito y retiro de los fondos transferidos. También pueden ser cerradas por las empresas del sistema financiero y las empresas emisoras de dinero electrónico cuando dichas cuentas no mantengan saldo por un período mínimo de seis meses o a solicitud del titular. -La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) establece las características y condiciones adicionales para la apertura, uso y cierre de estas cuentas a través de normas reglamentarias. ¿En cuánto tiempo se publica el reglamento del retiro? La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) determina, mediante reglamento, el procedimiento operativo para el retiro en un plazo que no excede de 30 días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley, bajo responsabilidad de su titular. ¿Qué otras disposiciones establece la ley promulgada? -En el caso de los aportes voluntarios con fin previsional que realice cualquier afiliado, la unidad de aporte se define en función de la remuneración mensual asegurable o pensionable que, en ningún caso, es inferior a una remuneración mínima vital (RMV), pudiéndose efectuar pagos fraccionados. -El afiliado al momento de la jubilación puede elegir entre percibir la pensión que le corresponda en cualquier modalidad de retiro o solicitar la entrega hasta el 95.5 % del total del fondo disponible en su cuenta individual de aportes obligatorios, en las armadas que considere necesarias. El afiliado que ejerza esta opción no tiene derecho a ningún beneficio de garantía estatal. (FIN) JCC
Aprueban otorgar gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad a los trabajadores CAS del Estado

El Pleno del Congreso aprobó – en primera votación – el dictamen recaído de los proyectos de ley que propone hacer hacer extensivos a los servidores y funcionarios públicos el derecho a percibir gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad. Como se recuerda, en su sesión plenaria del miércoles 17 de septiembre, la representación nacional aprobó con 76 votos a favor, uno en contra y otra abstención, la iniciativa que deberá ser aprobada en una segunda votación. ¡CAS con derechos! ✅ El Pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio de los proyectos de ley que proponen hacer hacer extensivos a los servidores y funcionarios públicos el derecho a percibir gratificaciones de fiestas patrias y de Navidad. La iniciativa legislativa deberá… pic.twitter.com/c4Rtu0Hx1l — Congreso del Perú 🇵🇪 (@congresoperu) September 18, 2025 De acuerdo con el texto sustitutorio aprobado en el Parlamento, se modifican los artículos 3, 5 y 6 del Decreto Legislativo 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, quedando establecidos de la siguiente manera: «El Contrato Administrativo de Servicios constituye una modalidad especial de contratación laboral, privativa del Estado como único empleador. Se regula por la presente norma y supletoriamente por la Ley 30057, Ley del Servicio Civil, en lo que le favorezca al trabajador», enmarca el artículo 3. Asimismo, el artículo 5 especifica la duración del contrato administrativo de servicios, la cual podrá celebrarse a plazo indeterminado, determinado, supeditado a la confianza, así como a las restricciones legales que tendrán, como, por ejemplo, cuando se demuestre que en un contrato administrativo de servicios a plazo determinado se supera el plazo máximo de prorrogas o renovaciones y cuando se demuestre la existencia de simulación o fraude del empleador. Con referente al artículo 6, el texto señala que el Contrato Administrativo de Servicios otorga al trabajador los siguientes derechos: gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad, los cuales serán equivalentes a una remuneración mensual. Asimismo, la entrega de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), tomando como base el 100 % de la remuneración mensual por cada año de servicio. En ese sentido, su pago es cancelatorio y solo se efectiviza en la culminación del vínculo del servidor con la entidad. Como disposición complementaria final, el documento precisa que, con el fin de financiar la implementación de los aguinaldos y la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), se autoriza, excepcionalmente, y previa opinión favorable de la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humano del Ministerio de Economía y Finanzas, a las entidades públicas del Gobierno nacional, de los gobiernos regionales y de los gobiernos locales, realizar las modificaciones presupuestarias en el nivel funcional y programático, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Finalmente, es importante mencionar que, los autores de los proyectos de ley 1901, 2290 y 3117 son María Agüero, Juan Burgos y Jaime Quito, respectivamente.