
El Congreso de la República promulgó la Ley 32351, norma que establece nuevas disposiciones para que los medios de comunicación contribuyan activamente en la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar.
Publicada en el diario oficial El Peruano, la ley modifica el artículo 46 de la Ley 30364, disponiendo que los medios, al informar sobre casos de violencia familiar, deben garantizar el respeto de los derechos humanos, la dignidad y la libertad de las víctimas, con especial cuidado en el tratamiento gráfico y de contenido.
Además, se establece una franja educativa gratuita a la que podrán acceder las instituciones públicas, y se dispone que los medios de comunicación —escritos, televisivos, radiales y de cualquier otra modalidad, públicos o privados— destinen el 10 % de su programación en horario de protección familiar a contenidos sobre prevención, atención, protección, sanción y reeducación frente a la violencia familiar y de género.
El Ejecutivo cuenta con un plazo de 30 días calendario para adecuar el reglamento de la Ley 30364, según la modificación aprobada por insistencia en el Congreso.