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¡Atención! Minsa prohíbe la venta de loterías, análisis clínicos y otros productos y servicios en las boticas y farmacias

El Ministerio de Salud (Minsa), oficializó este domingo 2 de noviembre, la relación de productos y servicios prohibidos de comercializar y/o de brindar en farmaciasboticas, farmacias de los establecimientos de salud botiquines

Como se recuerda, a través de la Resolución Suprema N.º 734-2025/MINSA, publicada el último 31 de octubre en el diario oficial, la cartera que preside Luis Quiroz Avilés anunció dicha medida en el marco de lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley N.º 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, y en el Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos (Decreto Supremo N.º 014-2011-SA).

¿Qué productos y servicios están prohibidos de comercializarse? 

Mediante su publicación en El Peruano, el Minsa hizo público el anexo de la Resolución Suprema N.º 734-2025, la cual enmarca el listado de 24 productos y servicios que estarán prohibidos se ofrecerse en las farmacias, boticas, farmacias de los establecimientos de salud y botiquines.

Productos:

  1. Alimentos (a excepción de agua, bebidas con adición de electrolitos y alimentos para regímenes especiales).
  2. Animales (venta y/o exhibición). 
  3. Cigarros, cigarros electrónicos, vapeadores, entre otros.
  4. Combustibles
  5. Insecticidas
  6. Materiales de ferretería y construcción.
  7. Medicamentos veterinarios.
  8. Muebles
  9. Pinturas
  10. Plantas de jardín y florería.
  11. Ropa y calzado (a excepción de uso neonatal y hospitalaria desechable). 

Servicios:

  1. Análisis clínicos
  2. Cabinas de internet
  3. Campañas médicas
  4. Consultas médicas (física y virtual).
  5. Consultorios médicos.
  6. Degustaciones de alimentos.
  7. Juegos de casino o máquinas tragamonedas.
  8. Juegos de entretenimiento (videojuegos, máquinas de peluches y premios).
  9. Juegos de lotería y apuesta. 
  10. Lavandería
  11. Locutorios
  12. Recolección de muestras para laboratorio clínico.
  13. Salón de belleza (peluquería, spa, masoterapia, cosmiatría, podología).

Con el objetivo de proteger a la población y garantizar que los medicamentos que se comercializan en el país cumplan con los más altos estándares de calidad, el Ministerio de Salud dispuso la suspensión del registro sanitario 57 productos farmacéuticos que no cuentan con los certificados de Buenas Prácticas de Manufactura.

En declaraciones a la prensa, el titular de Salud, sostuvo que el sector presentó al Congreso de la República un proyecto de ley para la creación de una autoridad autónoma de control de medicamentos, una entidad que nazca con las competencias necesarias para evitar situaciones ocurridas con el Edetoxin y la bacteria Ralstonia pickettii, a fin de que ningún producto que no cuenten con los certificados salgan a la venta.

De esta manera, el Minsa continúa con sus acciones para que medicamentos de calidad puedan ofrecerse a nivel nacional y se evite poner en peligro a los pacientes y ciudadanos en general.  

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